
Estos menores van a ser acogidos por familias residentes en la provincia de Sevilla. [...]
Se informa FAVORABLEMENTE la solicitud conforme a lo exigido por el art. 93 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, referida exclusivamente a los aspectos del programa de desplazamiento presentado que corresponden a su competencia y, en concreto, la entidad promotora, las familias e instituciones andaluzas de acogida, las actividades a desarrollar durante la estancia de los menores en nuestra Comunidad Autónoma y el posterior seguimiento de todo ello [...].
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En resumen, que no existe ningún tipo de problema para que, dentro de un mes, los niños de Belarús estén en Sevilla y el pequeño Aliaksandr Dmukhouski pueda pasar cuarenta días con nosotros en Guadalcanal. Haremos todo lo posible porque sean inolvidables.
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