
A partir de recibir la Junta elegida su confirmación de la autoridad eclesiástica, el Hermano Mayor entrante señalará la fecha de toma de posesión, que se realizará en un Cabildo de Oficiales, convocado al efecto, con los entrantes y salientes, en un plazo máximo de diez días, desde la fecha de recepción de la citada confirmación.
En este acto, el Hermano Mayor saliente, deberá entregar los siguientes Documentos:
1º.) Libros de la Hermandad.
2º.) Llaves de todas las dependencias.
3º.) Informes confidenciales, si los hubiere.
Asimismo deberá informar del estado de situación de todos los bienes y enseres de la Hermandad y entregará la administración de los mismos, así como todos los libros, documentos e informes que obren en su poder. En concreto deberá hacer entrega del inventario actualizado de la Hermandad, del saldo en caja, a cuyo efecto se efectuará el correspondiente arqueo debidamente firmado junto con el Hermano Mayor entrante, y en entidades de crédito.
El Secretario de la Hermandad y Cofradía comunicará al Vicario General la composición de la nueva Junta de Gobierno para su conocimiento y publicación en el Boletín Oficial del Arzobispado. La comunicará también al respecto Consejo de Hermandades y Cofradías, a los efectos oportunos.
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